[GiviPA] [SPAM] Terminacion Empleado con Paternidad Reciente
lineth.angulo en crs.com.pa
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Lun Sep 23 16:31:11 EDT 2024
Buenas tardes a todos, recuerden esta la licencia de paternidad ley 27 5-207 y la Ley 238 que amplía el fuero de maternidad al padre.
Licencia de Paternidad, la cual es de 3 días
Será por un término de 3 días hábiles, que deben ser computados como tiempo efectivo de servicio. El inicio de la licencia se computará desde la fecha de nacimiento del hijo o hija
Y ahora también se extiende el fuero de maternidad al padre, Mediante la Ley 238 del 15 de sept del 2021, sin embargo, tiene varios puntos a considerar y tener en cuenta y solo aplica si:
* Por fallecimiento de la madre durante el parto.
* Por fallecimiento de la madre dentro de los 12 meses posteriores al parto.
* Cuando la mujer en estado de gravidez o dentro de los 12 meses posteriores al parto, no cuenta con un trabajo formal.
A diferencia del fuero de maternidad que empieza a regir el día que la madre se reintegra a sus labores luego del parto, el del padre inicia desde la fecha de nacimiento del bebe por 1 año.
Espero esto sirva de ayuda
Saludos,
De: recursoshumanos en anorco.com.pa <recursoshumanos en anorco.com.pa>
Enviado el: lunes, 23 de septiembre de 2024 12:17 p. m.
Para: PanamaHR <panamahr en cheil.com>
CC: Grupo Givi <givi en givipanama.com>
Asunto: Re: [GiviPA] [SPAM] Terminacion Empleado con Paternidad Reciente
Hola
La ley es la 238 del 15 de septiembre del 2021 que entro en vigencia una vez se levanto el estado de emergencia por la pandemia en Julio 2024
La misma estipula un fuero paternal pero dentro de ciertos casos
Por medio de la Ley 238 del 15 de septiembre de 2021, se amplía el alcance del fuero de maternidad hasta el padre y aplica a todo empleado público o privado en los siguientes casos:
1. Por fallecimiento de la madre durante el parto o hasta dentro de los doce meses posteriores al parto.
2. Cuando la mujer en estado de gravidez o dentro de los doce meses posteriores al parto no cuente con trabajo formal.
Cuando la mujer esté embarazada y no cuente con trabajo formal, el padre gozará del alcance del fuero de maternidad, y no podrá ser despedido de su empleo por los meses que dure la gestación y luego del parto, por el término de un año, salvo en casos especiales previstos en la ley.
Espero esta información sea de utilidad
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Lic. Maria Regina Tulipano de Guillen
Recursos Humanos
Arosemena, Noriega & Contreras
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Enviados: Miércoles, 18 de Septiembre 2024 12:08:48
Asunto: [SPAM][GiviPA] Terminacion Empleado con Paternidad Reciente
Buenas tardes comunidad,
Tengo una consulta, hay alguna ley o artículo en el código de trabajo que impida la terminación de un empleado varón que tuvo el nacimiento de su hijo recientemente?
Muchas gracias de antemano.
Saludos,
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Nombre : Decreto Ejecutivo 83 de 27-12-2017 que reglamenta la ley 27 de 23-05-2017 que crea Licencia de Paternidad.pdf
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