[GiviPA] Consulta - Sanción
Benigno Aguilar
baguilar en alianza.com.pa
Jue Ago 8 08:47:17 EDT 2024
Su consulta es sencilla de resolver, solo requiere calma y con buena letra
* Por las tardanzas solo debe proceder con el protocolo, primero lo llama y le realiza un llamado de atención en presencia de su jefe inmediato.
* De seguir procede con un llamado de atención verbal escrito, así lo escribe en un memo en presencia también de su jefe inmediato y debe firmar el que queda en el expediente.
* De seguir procede con una amonestación escrita, indicando en el todas las tardanzas que ha tenido una a una no deben ser seguidas, para que no se note la persecución.
* De seguir procede un día de suspensión.
* Después dos días
* Después tres días
* Ya a estas alturas procede el despido justificado
Importante tener todo documentado con las pruebas del sistema de marcar en donde se tenga como evidencia, al momento de cualquier reclamo o juicio laboral.
Saludos
Benigno Aguilar B. | Gerente de Finanzas
Departamento de Administración
baguilar en alianza.com.pa
(+507) 305-5300 Directo. (+507) 305-5360 Fax. (+507) 305-5301
Panamá Ave. Samuel Lewis, Torre Generali, Piso #10
www.alianza.com.pa
De: recursoshumanos en rigsa.net <recursoshumanos en rigsa.net>
Enviado el: miércoles, 7 de agosto de 2024 9:31 a. m.
Para: rmolina en rmconsultores.net; 'Jaime Velasco' <jaimevelascot en gmail.com>; 'Yariela Espinosa' <yespinosa en dicsapanama.com>
CC: 'Grupo Givi' <givi en givipanama.com>
Asunto: Re: [GiviPA] Consulta - Sanción
Importancia: Alta
Buen dia a todos colegas!!
En seguimiento a este tema de ausencias y tardanzas, tengo un trabajador que ya no hay manera
Se hizo todo lo que esta al hilo del correo, y sigue con sus malos hábitos de llegar tarde y para todo
Tiene excusas. Necesito que me ayuden la verdad ya no se que hacer. Pues hemos tenido mucha
Consideración con el trabajador y sigue como si no le importara.
Quedo atenta a sus consejos
Saludos,
De: rmolina en rmconsultores.net <rmolina en rmconsultores.net>
Enviado el: lunes, 29 de julio de 2024 12:12 p. m.
Para: 'Jaime Velasco' <jaimevelascot en gmail.com>; 'Yariela Espinosa' <yespinosa en dicsapanama.com>
CC: 'Grupo Givi' <givi en givipanama.com>
Asunto: Re: [GiviPA] Consulta - Sanción
De acuerdo totalmente con el colega.
Lo primero es el factor “Manejo de las relaciones laborales”, luego vemos si al conversar es imperante el despido, ya que en la jurisprudencia se menciona que dormir en horas de trabajo es una falta de probidad y honradez.
Sin embargo primero debemos conversar muy amablemente con el colaborador quien pudo haber pasado alguna mala noche por salud u otros asuntos.
“Por la superación del contador y el engrandecimiento de la profesión”
MIEMBRO ACTIVO DE AMUCOPA
Asociacion de mujeres contadoras publicas autorizadas de Panamá.
De: Jaime Velasco <jaimevelascot en gmail.com>
Enviado el: viernes, 26 de julio de 2024 1:56 p. m.
Para: Yariela Espinosa <yespinosa en dicsapanama.com>
CC: Grupo Givi <givi en givipanama.com>
Asunto: Re: [GiviPA] Consulta - Sanción
Hola:
Espero que te encuentres bien. Para responder directamente a tu pregunta, no existe una causal de despido para ello. Para tomar alguna acción, por lo general, ese tipo de situaciones, deberian estar incluidas en el reglamento interno.
Abordar la situación de un empleado que se duerme durante las horas de trabajo debe hacerse de manera profesional y respetuosa. Es importante comprender las razones detrás del comportamiento antes de tomar cualquier medida disciplinaria. Si es primera vez o nunca antes se le había llamado la atención, yo recomendaría abordarlo de una manera humana, convocando una reunión privada con el trabajador, plantearle la observación (por ejemplo: "He observado que te has quedado dormido en el trabajo en algunas ocasiones. Esto me preocupa porque puede afectar tu rendimiento y la seguridad en el lugar de trabajo"), escuchar al empleado (ejemplo: Quisiera entender mejor si hay alguna razón detrás de esto. ¿Hay algo que esté afectando tu descanso o tu capacidad para mantenerte despierto y alerta durante las horas de trabajo?), ofrecer apoyo (ajustando horario de trabajo si es posible, quizás requiera vacaciones, podría estar padeciendo una condición médica o teniendo una situación personal difícil, etc.), reiterarle las expectativas y dar seguimiento y podría dejar constancia de esa conversación en un email.
Recordemos que abordar la situación con empatía y profesionalismo no solo ayudará a resolver el problema, sino que también mostrará al empleado que a la empresa le importa su bienestar y su éxito en el trabajo.
Espero que mi mensaje sea de ayuda y orientación. Estoy a la orden para cualquier consulta adicional.
Slds.,
JV
El El vie, jul 26, 2024 a la(s) 1:26 p.m., Yariela Espinosa <yespinosa en dicsapanama.com> escribió:
Buenas tardes
Bajo que artículo del código de trabajo puedo sancionar un colaborador que estaba dormido en su puesto de trabajo en horas laborables
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